| Resolución Sintetizada 435/2025 - PÁGINA WEB INSTITUCIONAL Y APLICACIONES MÓVILES: Las aseguradoras que empleen medios electrónicos para la comercialización deberán incluir, de manera fácilmente visible, tanto en el inicio de su página web como en su aplicación: la opción de solicitud de baja de póliza e información acerca de la forma de requerir copia de la póliza u otra documentación contractual y el procedimiento para efectuar una denuncia de siniestro. El mencionado mecanismo de solicitud de rescisión del contrato deberá estar disponible, obligatoriamente, para las pólizas que fueran contratadas a través de medios electrónicos y que correspondan a las ramas: Automotores, Motovehículos, Combinado Familiar e Integral, Robo y Riesgos Similares, Otros Riesgos de Daños Patrimoniales y Accidentes Personales.
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